martes, 14 de septiembre de 2010

HUELGAS DE HAMBRE Y DILEMAS ÉTICOS

¿Cuándo es legítima y cuándo no una huelga de hambre? Muchos dirán en tal o cual caso. Pero si defendemos principios universales para todos los seres humanos, el panorama se vuelve complejo, si somos honestos.

Hace algún tiempo atrás, en Cuba había una huelga de hambre. Para los defensores del régimen, esa acción era ilegítima y sólo correspondía a una triquiñuela barata de un “delincuente común” en contra del modelo cubano. Para los opositores a Castro, la huelga era legítima en cuanto representaba un justo reclamo por la libertad política en la isla.

Tiempo después, en Chile, comuneros mapuches también llevan a cabo una huelga de hambre. Algunos, que quizás consideraron una simple triquiñuela la huelga en Cuba, ahora consideran legítima la acción de los comuneros, pues ven que ésta representa una posición contra el modelo chileno. Por otro lado, otros que apoyaban la huelga en Cuba, rechazan la huelga mapuche, pues consideran ilegítimo tal acto en Chile.

¿En qué se basan unos y otros para establecer tales distinciones en torno a un mismo acto?

El argumento más básico y menos notorio de todos, se hace en base al ethos que representan los sujetos en huelga. Es decir, para unos y otros, la huelga es válida sólo si la hacen personas afines a sus ideas y sobre todo si tal acto se muestra en contra de las autoridades del Estado o régimen opositor.

Otros, elaboran un poco más y argumentan en base al el tipo de régimen donde se desarrolla la huelga. Es decir, si se hace en una dictadura sería más legítima que en una democracia. Eso marcaría la diferencia. Aún así, el ethos que representa el huelguista sigue siendo la base del argumento.

De ambas explicaciones -y en base a si se está a favor o no de la huelga en cierto contexto- surge otro argumento nuevo que tiene relación con el cómo debería actuar el Estado en cuestión. Es decir, lo que deberían hacer los gobernantes o el Estado con “sus huelguistas”, según sea el caso. Y otra vez hay ambigüedades.

Los que están a favor del Estado o régimen –según sea el caso- consideran que éste no debe dejarse chantajear por el huelguista, y por tanto, no está obligado a responder a sus demandas. Si muere, no es culpa del régimen, sino del propio huelguista.

Para los que están en contra del Estado o régimen –según sea el caso- consideran que si el Estado y los gobernantes dejan morir al huelguista, demuestran su autoritarismo, su falta de humanidad y poco compromiso con la vida, cometiendo un acto inhumano y criminal por omisión.

Surge la pregunta ¿Tiene responsabilidad Chávez en la muerte de un huelguista de hambre opositor en Venezuela? ¿Y Piñera, si muere uno de los comuneros? ¿Sí o no, y por qué?

Entonces ¿Cuándo es legítima y cuándo no una huelga de hambre? Muchos dirán en tal o cual caso. Pero si defendemos principios universales para todos los seres humanos, el panorama se vuelve complejo, si somos honestos.

En todos los casos, y sean cuales sean las explicaciones, no se aplica un criterio universal sobre los individuos, sino que depende del ethos que representan éstos.

Lo anterior nos genera un dilema ético profundo, puesto que la dignidad del individuo –ya no hablamos ni siquiera de otros beneficios legales- dependería de la valoración que hacen algunos del régimen político donde el sujeto está inserto.

Pero entonces ¿La valoración de la vida –puede ser la nuestra incluso- depende del régimen o las ideas que defendemos, y de las que tienen los que tienen el poder? ¿Ya no seríamos fines en sí mismos? ¿Y quién y con qué derecho puede discernir eso?

El panorama se vuelve más complejo si los huelguistas provienen de ambos lados del espectro político en una democracia.

¿A quiénes debe salvar el Estado y a cuáles no? ¿Con qué derecho puede discernir eso? 

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Estimado Jorge:
Queda abierta la discusión, sin embargo, creo que todo orden de cosas, inclusive la política debe pretender objetivizarse. En pedir no hay engaño, pero poner en jaque al sistema, sólo se justifica por razones extremas de ultima ratio, es decir, cuando todos los demás mecanismos han fracasado.
Resumiendo y tratando de establecer criterios mas objetivos para entender una medida de presión como la huelga de hambre, propongo 2 requisitos copulativos:
1.- una justa causa, abrazada por una mayoria no fanática.
2.- Haber agotado los demás medios legales.

Jorge A. Gómez Arismendi dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Jorge A. Gómez Arismendi dijo...

Estimado Rodrigo, yo no sé hasta que punto los mecanismos han funcionado. Algunos dicen que sí, otros que no.

De hecho, en el caso cubano, lo mismo decían algunos, que la legalidad había operado, etc.

El punto sigue siendo hasta qué punto la normativa -sea cual sea- se impone por sobre ciertos derechos que en teoría no deberían depender del régimen legal y político.

Es más y en relación a lo anterior ¿Quién, cómo y por qué define cuál causa es más justa y cuándo se han agotado todos los medios legales?